Publicado nuevo reglamento de la UE de comercialización de productos de la construcción que impulsa la transición digital y ecológica

El 18 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2024/3110, por el que se establecen reglas armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga el Reglamento (UE) nº 305/2011. El reglamento entró en vigor a los 20 días de su publicación, pero su aplicabilidad no es inmediata, sino que va a tener lugar de manera gradual, siguiendo una serie de fechas importantes y plazos.

El objetivo principal del nuevo reglamento es conseguir un importante avance tanto en la transición digital como la ecológica, maximizando los beneficios que va a tener la primera sobre la segunda. Evidentemente, la armonización, concepto clave en el anterior reglamento de productos de construcción, seguirá estando muy presente en la implantación del nuevo reglamento. Estas dos transiciones simultáneas se apoyarán en dos pilares: la implantación del Pasaporte Digital de Producto (PDP) y el refuerzo de los criterios ambientales en todo lo relacionado con los productos de construcción.

El sistema de Pasaporte Digital de Producto (PDP) permitirá poner a disposición de cualquier interesado en un producto un documento en el que estará contenida, con un formato estandarizado, toda la información técnica y medioambiental de los productos de construcción, tanto la obligatoria como la voluntaria. Incluirá la Declaración de prestaciones y conformidad, la Información genérica del producto (incluyendo instrucciones de instalación o seguridad) y la documentación técnica, así como cualquier otra documentación exigida por la legislación europea. La información incluida en el PDP ha de tener asegurada su trazabilidad y será evaluada por el organismo notificado correspondiente. Además, el PDP de cada producto suministrado por su fabricante tenderá a garantizar la interoperabilidad con el modelado de información para la edificación (BIM).

Por su parte, el refuerzo de los criterios ambientales se llevará a cabo principalmente mediante la declaración obligatoria de las características esenciales medioambientales de cada producto por parte de su fabricante, cuya información habrá de incluirse en el PDP. Es importante destacar que estos criterios ambientales declarados serán considerados en la Contratación Pública Ecológica, a la que se le dedica el Capítulo XII del reglamento.

Si bien lo más importante del nuevo reglamento es el PDP y las características esenciales medioambientales, aquellos familiarizados con el anterior reglamento han de ser conscientes de otros detalles en forma de novedades y cambios con respecto al reglamento anterior.

NOVEDADES

  • Nuevos conceptos importantes:
    • Especificaciones técnicas armonizadas son aquellas normas armonizadas de prestaciones que hayan pasado a ser obligatorias a efectos de la aplicación del Reglamento (UE) 2024/3110.
    • Zona armonizada es un conjunto de productos que comprende todos los productos objeto de especificaciones técnicas armonizadas.
    • Norma armonizada voluntaria es aquella norma que confiere presunción de conformidad a los requisitos de producto establecidos en los actos delegados a los que se refiere el artículo 7, apartado 1. No es obligatoria. Al igual que el resto de normas armonizadas, su referencia se publicará en el DOUE.
  • Se establece el Proceso ACQUIS, que es el procedimiento para las solicitudes de normalización (regulado en el artículo 4, aunque sin mencionar el nombre). Su principal objetivo es garantizar la conformidad de las normas armonizadas, documentos de evaluación europeos y actos jurídicos de la Comisión Europea con el Reglamento de productos de construcción (RPC).        

CAMBIOS

  • Nueva definición de producto de construcción, la cual ahora incluye productos impresos en 3D y excluye los artículos que necesariamente se integren primero en un kit u otro producto de construcción antes de ser incorporados de manera permanente en obras de construcción.
  • Se pasa de la Declaración de Prestaciones (DoP) del RPC 2011 a la Declaración de Prestaciones y de Conformidad (DoPC) del RPC 2024. La DoPC estará incluida en el PDP.
  • Los Mandatos de Normalización se sustituyen por las Solicitudes de Normalización.
  • Marcado CE. En el nuevo reglamento, se integrará el marcado CE en el sistema de PDP. Además, se especifican restricciones a otros marcados que no sean el marcado CE, así como a las etiquetas ecológicas.
  • Hay cambios en las obligaciones y derechos de los operadores económicos. A destacar las siguientes obligaciones de los fabricantes:
    • En el RPC 2024 se establece que el fabricante ha de etiquetar un producto como “únicamente para uso profesional” si se necesitan conocimientos especializados para utilizarlo, habiendo de mostrar esta etiqueta antes de quedar dicho producto vinculado por un contrato de compraventa, incluso en el caso de venta a distancia.
    • En el RPC 2024 se prevé que la Comisión pueda adoptar actos delegados para imponer a los fabricantes la obligación de comercializar piezas de recambio específicas que no estén disponibles habitualmente para los productos que introducen en el mercado.
  • En el RPC 2024 se refuerza la vigilancia del mercado, subsanando las deficiencias detectadas durante la aplicación del RPC anterior.